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ARTICULO 72º Control de
la ejecución
72.1. Generalidades
72.2. Control de Ejecución a nivel reducido
72.3. Control de ejecución a nivel normal
72.4. Control de ejecución a nivel intenso
El Control de la ejecución, que esta Instrucción establece con carácter preceptivo, tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las prescripciones generales del Capítulo III más las específicas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Corresponde a la Dirección de Obra la responsabilidad de la realización del control de la ejecución, el cual se adecuará, necesariamente, al nivel correspondiente, en función del valor adoptado para gf en el proyecto, y de los daños previsibles en caso de accidentes según el Artículo 31º. Se consideran en el citado Artículo 31º los siguientes tres niveles para la realización del control de la ejecución:
Control de ejecución a nivel reducido;
Control de ejecución a nivel normal;
Control de ejecución a nivel intenso.
Comentarios
Un hormigón que, a la salida de hormigonera
cumpla todas las especificaciones de calidad, puede ver disminuidas las mismas
si su transporte, colocación y curado no son correctos. Lo mismo puede decirse
respecto al corte, doblado y colocación de las armaduras. Además, aún
realizadas las operaciones anteriores con todo cuidado, es preciso comprobar
las luces y dimensiones de los elementos construidos, para poder garantizar que
la calidad de la obra terminada es la exigida en el proyecto.
Básicamente, el control de la ejecución está
confiado a la inspección visual de las personas que lo ejercen, por lo que su
buen sentido, conocimientos técnicos y experiencia práctica, son fundamentales
para lograr el nivel de calidad previsto. No obstante lo anterior, es preciso
sistematizar tales operaciones de control para conseguir una eficacia elevada
en el mismo, pues no siempre los defectos que puedan presentarse se detectarán,
como no se haya considerado previamente la posibilidad de su presencia.
En este sentido, la Instrucción establece tres
niveles, en correspondencia con el coeficiente de mayoración de las
solicitaciones, que se pondrán en práctica estableciendo una sistemática de
control más o menos intensa o continuada. A título orientativo, se incluye la
tabla 72.1 en que se detallan las principales operaciones que deben
controlarse, en correspondencia con esta Instrucción y con el Pliego de
Prescripciones Técnicas Particulares.
Además del control de recepción que se realiza
en representación de la Administración o de la Propiedad, es siempre
recomendable la existencia de un control de producción (autocontrol) por parte
del constructor.
TABLA 72. l.
OPERACIONES OBJETO DE CONTROL DURANTE
LA EJECUCION
En las operaciones que proceda se efectuará el control dimensional
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Fase de control de ejecución |
Operaciones que se controlan |
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PREVIO AL HORMIGONADO |
Revisión de los planos de proyecto y de obra Comprobación, en su caso, de hormigoneras, vibradores, maquinaria de transporte, máquinas de hormigonado contínuo, aparatos de medida, moldes para las probetas, equipos de laboratorio, dispositivos de seguridad, medidas de seguridad, etc. Replanteo Excavaciones para cimientos y muros Andamiajes y cimbras Encofrados y moldes Doblado de armaduras Colocación de armaduras (tipo, diámetro, posición, ejecución, etc.) Comprobación de recubrimientos Empalmes de armaduras Previsión de juntas de hormigonado y retracción Previsión de juntas de dilatación Previsión del hormigonado en tiempo frío Previsión del hormigonado en tiempo caluroso Previsión del hormigonado bajo lluvia. |
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DURANTE EL HORMIGONADO |
Fabricación, transporte y colocación del hormigón Compactación del hormigón Juntas de hormigonado y retracción Juntas de dilatación Hormigonado en tiempo frío Hormigonado en tiempo caluroso Hormigonado bajo lluvia Acabado de superficies de hormigón visto en su caso. |
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POSTERIOR AL HORMIGONADO |
Curado Descimbramiento, desencofrado y desmoldeo Tolerancias en dimensiones, flechas y contraflechas, combas laterales, acabado de superficies, etc. Transporte y colocación de elementos prefabricados Previsión de acciones mecánicas durante la ejecución Reparación de defectos superficiales. |
72.2. Control de Ejecución a nivel reducido
Corresponde a un valor de gf = 1,8.
Se realiza mediante visitas de Inspección de la obra sin carácter periódico, durante las cuales se efectúan observaciones no sistemáticas sobre las prescripciones enunciadas en 72.1.
72.3. Control de ejecución a nivel normal
Corresponde a un valor de gf = 1,6.
Se realiza mediante frecuentes y periódicas visitas de Inspección de la obra, durante las cuales se comprueba sistemáticamente, y por rotación, un conjunto parcial de operaciones correspondientes a las prescripciones de 72.1, con objeto de cubrir la totalidad en dos o tres visitas.
72.4. Control de ejecución a nivel intenso
Corresponde a un valor de gf = 1,5.
Se realiza mediante frecuentes, periódicas y detalladas visitas de Inspección de la obra, disponiendo de un técnico competente permanentemente en la misma que realiza comprobaciones continuadas y sistemáticas de la totalidad de las prescripciones de 72.1.
Comentarios
Se ha de tener en cuenta que la tabla 72.1
únicamente tiene el carácter orientativo de un memorándum, y que, especialmente,
se han de cumplir las prescripciones contenidas tanto en el Capítulo III como
en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de la obra.