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ARTICULO 72º Control de la ejecución

 

72.1. Generalidades
72.2. Control de Ejecución a nivel reducido
72.3. Control de ejecución a nivel normal
72.4. Control de ejecución a nivel intenso

 

72.1.   Generalidades 

El Control de la ejecución, que esta Instrucción establece con carácter preceptivo, tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las prescripciones generales del Capítulo III más las específicas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Corresponde a la Dirección de Obra la responsabilidad de la realización del control de la ejecución, el cual se adecuará, necesariamente, al nivel correspondiente, en función del valor adoptado para gf en el proyecto, y de los daños previsibles en caso de accidentes según el Artículo 31º. Se consideran en el citado Artículo 31º los siguientes tres niveles para la realización del control de la ejecución: 

*   Control de ejecución a nivel reducido;

*   Control de ejecución a nivel normal;

*   Control de ejecución a nivel intenso.

 

Comentarios 

Un hormigón que, a la salida de hormigonera cumpla todas las especificaciones de calidad, puede ver disminuidas las mismas si su transporte, colocación y curado no son correctos. Lo mismo puede decirse respecto al corte, doblado y colocación de las armaduras. Además, aún realizadas las operaciones anteriores con todo cuidado, es preciso comprobar las luces y dimensiones de los elementos construidos, para poder garantizar que la calidad de la obra terminada es la exigida en el proyecto. 

Básicamente, el control de la ejecución está confiado a la inspección visual de las personas que lo ejercen, por lo que su buen sentido, conocimientos técnicos y experiencia práctica, son fundamentales para lograr el nivel de calidad previsto. No obstante lo anterior, es preciso sistematizar tales operaciones de control para conseguir una eficacia elevada en el mismo, pues no siempre los defectos que puedan presentarse se detectarán, como no se haya considerado previamente la posibilidad de su presencia. 

En este sentido, la Instrucción establece tres niveles, en correspondencia con el coeficiente de mayoración de las solicitaciones, que se pondrán en práctica estableciendo una sistemática de control más o menos intensa o continuada. A título orientativo, se incluye la tabla 72.1 en que se detallan las principales operaciones que deben controlarse, en correspondencia con esta Instrucción y con el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Además del control de recepción que se realiza en representación de la Administración o de la Propiedad, es siempre recomendable la existencia de un control de producción (autocontrol) por parte del constructor. 

TABLA 72. l.

OPERACIONES OBJETO DE CONTROL DURANTE LA EJECUCION
En las operaciones que proceda se efectuará el control dimensional

Fase de control de ejecución

Operaciones que se controlan

PREVIO AL HORMIGONADO

Revisión de los planos de proyecto y de obra

Comprobación, en su caso, de hormigoneras, vibradores, maquinaria de transporte, máquinas de hormigonado contínuo, aparatos de medida, moldes para las probetas, equipos de laboratorio, dispositivos de seguridad, medidas de seguridad, etc.

Replanteo

Excavaciones para cimientos y muros

Andamiajes y cimbras

Encofrados y moldes

Doblado de armaduras

Colocación de armaduras (tipo, diámetro, posición, ejecución, etc.)

Comprobación de recubrimientos

Empalmes de armaduras

Previsión de juntas de hormigonado y retracción

Previsión de juntas de dilatación

Previsión del hormigonado en tiempo frío

Previsión del hormigonado en tiempo caluroso

Previsión del hormigonado bajo lluvia. 

DURANTE EL HORMIGONADO

Fabricación, transporte y colocación del hormigón

Compactación del hormigón

Juntas de hormigonado y retracción

Juntas de dilatación

Hormigonado en tiempo frío

Hormigonado en tiempo caluroso

Hormigonado bajo lluvia

Acabado de superficies de hormigón visto en su caso.

POSTERIOR AL HORMIGONADO

 Curado

Descimbramiento, desencofrado y desmoldeo

Tolerancias en dimensiones, flechas y contraflechas, combas laterales, acabado de superficies, etc.

Transporte y colocación de elementos prefabricados

Previsión de acciones mecánicas durante la ejecución

Reparación de defectos superficiales.

 

 

72.2.   Control de Ejecución a nivel reducido 

Corresponde a un valor de gf = 1,8.

Se realiza mediante visitas de Inspección de la obra sin carácter periódico, durante las cuales se efectúan observaciones no sistemáticas sobre las prescripciones enunciadas en 72.1.  

 

72.3.   Control de ejecución a nivel normal 

Corresponde a un valor de gf = 1,6.

Se realiza mediante frecuentes y periódicas visitas de Inspección de la obra, durante las cuales se comprueba sistemáticamente, y por rotación, un conjunto parcial de operaciones correspondientes a las prescripciones de 72.1, con objeto de cubrir la totalidad en dos o tres visitas.

 

72.4.   Control de ejecución a nivel intenso 

Corresponde a un valor de gf = 1,5.

Se realiza mediante frecuentes, periódicas y detalladas visitas de Inspección de la obra, disponiendo de un técnico competente permanentemente en la misma que realiza comprobaciones continuadas y sistemáticas de la totalidad de las prescripciones de 72.1.

 

Comentarios 

Se ha de tener en cuenta que la tabla 72.1 únicamente tiene el carácter orientativo de un memorándum, y que, especialmente, se han de cumplir las prescripciones contenidas tanto en el Capítulo III como en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de la obra.

 

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