Archivo histórico.
Este documento se publica por su utilidad como referencia y normalmente no debe utilizarse. Para información actual: http://www.arqui.com

 

ARTICULO 64º Control de la calidad del hormigón

 

El control de la calidad del hormigón se extenderá normalmente a su consistencia y a su resistencia, con independencia de la comprobación del tamaño máximo del árido, según 63.3, o de otras características especificadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Este control de la calidad del hormigón se realizará de acuerdo con lo indicado en los Artículos 65º a 70º siguientes. La toma de muestras del hormigón se realizará según UNE 83.300/84.

  

Comentarios 

Las características de la calidad citadas son las mínimas normales.

En cada caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares citará las que, además, sean exigibles y cómo y con qué criterios se realizará el control de las mismas, (por ejemplo, relación agua/cemento, contenido en cemento, etc.).

 

 

 

 

 

© Procedimientos-Uno SL