Informes/Declaraciones para presentar en Hacienda |
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Existen dos modalidades de presentación de estas declaraciones:
Procedimientos Uno, S.L. posee un convenio de colaboración con Hacienda que permite esta impresión, que será por tanto válida y efectiva. Únicamente necesitará pegar las etiquetas identificativas en su lugar correspondiente, firmar la declaración y solicitar un sobre que Hacienda suministra.
Para obtener este NRC deberá proceder tal y como se indica en la siguiente dirección de internet: http://www.aeat.es/prestelem/nrc.htm.
Información general independiente de la modalidad de presentación elegida:
Para la correcta cumplimentación de su declaración es preciso rellenar la información solicitada en el siguiente cuadro de diálogo:

La primera vez que ejecute el programa o en caso de crear un nuevo documento, antes de proceder a cumplimentar este cuadro de diálogo es preciso haber rellenado previamente los datos que como profesional usted necesita suministrar a Hacienda, entre ellos se encuentra su Nombre y apellidos o Razón Social y su DNI o CIF, para ello es preciso entrar en la opción de menú Herramientas-Configuración y rellenar esta información entre otros datos. Si por el contrario, no ha procedido de esta forma al intentar acceder a esta opción de Declaraciones de Hacienda le aparecerá un mensaje indicándole que proceda de la forma comentada anteriormente. Los datos contenidos en el cuadro de diálogo de Configuración no será preciso volverlos a introducir a no ser que usted así lo desee.
Modelos de Declaración: Seleccione el modelo que desee imprimir. Recuerde que entre las opciones se encuentran el IVA trimestral (Modelo 300), Retenciones e Ingresos a Cuenta trimestral (Modelo 110), Operaciones Superiores a 500.000 pesetas (Modelo 347), Resumen anual del IVA (Modelo 390) o el Resumen anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta (Modelo 190).
Existe la posibilidad de imprimir declaraciones históricas (Resumenes 2000 - Pagos fraccionados 2001) en Pesetas o imprimir las declaraciones obligatorias actuales en Euros.
Administración de Hacienda: permite la elección de su Delegación y Administración, para ello existen dos listas desplegables.
Al indicar el nombre de su delegación en la primera lista, automáticamente le aparecerá en la segunda lista la relación de Administraciones que puede escoger, proceda a su elección.
Sólo en caso de Declaración de IVA trimestral o Anual (Modelo 300 / Modelo 390): Es preciso indicar el importe de las cantidades negativas a compensar de períodos anteriores e introducirlo en su casilla correspondiente (siempre con valor positivo). Por otro lado, en caso de encontrarse en el cuarto trimestre (Iva trimestral) y en el supuesto de que su declaración resulte negativa, es preciso indicar si desea seguir compensando los importes o si por el contrario desea solicitar la devolución. Esto mismo ocurrirá en caso de estar en el Modelo 390 Resumen anual de IVA.
En caso de Declaración de Resumen de Retenciones e Ingresos a cuenta (Modelo 110): En el supuesto de estar realizando una declaración Complementaria, es preciso marcar esta opción e indicar el número de justificante de la declaración a la que complementa y el importe a deducir de lo declarado anteriormente.
En caso de Declaración de Resumen de Retenciones e Ingresos a cuenta (Modelo 190): En el supuesto de estar realizando una declaración sustitutiva, es preciso marcar esta opción y, además, indicar el número de justificante de la declaración a la cuál sustituye.
En caso de Declaración de Operaciones superiores a 500.000 pesetas (Modelo 347): En el supuesto de estar realizando una declaración sustitutiva, es preciso marcar esta opción y, además, indicar el número de justificante de la declaración a la cuál sustituye.
Con respecto a este Modelo se están computando los gastos (Facturas y Minutas) e ingresos con IVA que no lleven retención.
El gasto por Arrendamiento de Local de Negocio, no es un gasto procedente en el modelo 347 debido a que está sometido a una retención del 15% por parte del arrendatario.
Por otra parte, en esta declaración no se tendrá en cuenta el caso particular de arrendamiento de local que no lleve retención.
Información del Período a presentar: Indique el año, el trimestre y la fecha que desea que aparezca en su declaración impresa.
Forma de Pago/Cobro: Podrá ser en efectivo o a través de su código cuenta cliente. En el segundo caso, es preciso que introduzca su número de cuenta en la casilla correspondiente.
Dependiendo del resultado de su declaración, es decir que resulte a pagar o no, la información suministrada será entendida como información de pago o de cobro.