Menú Gastos |
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En éste apartado se permite introducir los gastos agrupándolos en cuatro partidas:
Gastos Deducibles: su función consiste en permitir registrar todos aquellos gastos que son deducibles de cara a la Hacienda Pública.
Gastos Propios: su función consiste en permitir registrar todos aquellos gastos que NO son deducibles de cara a la Hacienda Pública.
Compras Amortizables: su función es la de permitir registrar todos los gastos que NO son deducibles directamente de cara a la Hacienda Pública, pero cuyo IVA debemos compensar, caso de la compra de bienes amortizables, por ejemplo un compra de un terreno.
Suplidos: su función es la de permitir registrar todos los gastos que no están a nuestro nombre, sino a nombre de un tercero. La Hacienda Pública exige el registro de gastos suplidos según decreto de Mayo de 1993. Para que sea de alguna utilidad para su gestión particular, recomendamos que incluya en el concepto del gasto, a quién está supliendo.